LEGISLACIÓN

En esta pestaña adjuntamos un enlace del BOPA en el que se pueden ver los "DERECHOS Y DEBERES DEL ALUMNADO Y NORMAS DE CONVIVENCIA EN LOS CENTROS EDUCATIVOS".


Decreto 249/2007, de 26 de septiembre, por el que se regulan los derechos y deberes del alumnado y normas
de convivencia en los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos del Principado de
Asturias.
Aprender a vivir juntos, aprender a convivir, además de constituir una finalidad esencial de la
educación, representa uno de los principales retos para los sistemas educativos actuales. Son muchas
las razones que hacen que este aprendizaje se considere no sólo valioso en sí mismo, sino
imprescindible para la construcción de una sociedad más democrática, más solidaria, más cohesionada
y más pacífica.
El informe a la UNESCO de la Comisión Internacional sobre la educación para el siglo XXI plantea la
ampliación de los objetivos educativos más allá del estricto campo del conocimiento y, más
concretamente, señala la necesidad de que los alumnos aprendan en la escuela a convivir, conociendo
mejor a los demás y creando un espíritu nuevo que impulse la realización de proyectos comunes y la
solución pacífica e inteligente de los conflictos.
En el año 2006 se creó el Observatorio de Infancia y Adolescencia del Principado de Asturias (Decreto
10/2006, de 24 de enero) y en él se ha constituido un foro de participación social y una comisión
técnica para tratar los temas de la Convivencia Escolar. Los objetivos fundamentales del Observatorio
son: el desarrollo de actividades de investigación, formación y documentación, así como el
establecimiento de un sistema de información que permita conocer y hacer el seguimiento del grado de
satisfacción de los niños, niñas y adolescentes de Asturias, de las políticas públicas desarrolladas, así
como de la promoción de la colaboración y coordinación entre las distintas administraciones e
instituciones públicas y privadas que desarrollan actividades a favor de la infancia y la adolescencia.
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, señala como uno de los fines del sistema
educativo la educación en el respeto de los derechos y libertades fundamentales, en la igualdad de
derechos y oportunidades entre hombres y mujeres, en la igualdad de trato y no discriminación de las
personas con discapacidad, en el ejercicio de la tolerancia y de la libertad dentro de los principios
democráticos de convivencia, así como en la prevención de conflictos y la resolución pacífica de los
mismos.
Estas finalidades se concretan en los objetivos de las distintas etapas educativas, así como en la
obligación expresa de que en el Proyecto Educativo de cada centro figure el Plan de Convivencia y en
las normas de organización y funcionamiento del centro aquellas que garanticen el citado Plan.
En este contexto, el 23 de marzo del 2006 se firma entre el Ministerio de Educación y Ciencia y las
Organizaciones Sindicales el Plan para la Promoción y Mejora de la Convivencia Escolar en el que se
prevén acciones conjuntas o en colaboración con las Comunidades Autónomas en relación con la
convivencia en los centros educativos.
En el ámbito autonómico se firma el Acuerdo Social por la Convivencia Escolar, como instrumento de
implicación de toda la sociedad asturiana y, especialmente, de todos los sectores sociales relacionados
con el ámbito escolar (...)


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